⚠️ Alerta para empresas: Un nuevo régimen de sanciones convierte los incumplimientos formales en contingencias financieras críticas. Un reciente informe de Trade News destaca la importancia de una gestión fiscal diligente.
Estas dos resoluciones de la UIF (Unidad de Información Financiera) de 2026 apuntan a una modernización total del sistema y a una mayor velocidad en el intercambio de datos para prevenir el lavado de activos.
Resolución 37/2026: Registro Digital de Sujetos Obligados
Esta norma busca la digitalización total de los trámites. Ya no hay más "papel" o trámites mixtos; todo pasa al sistema SRO+.
- ¿A quién afecta?: A todos los Sujetos Obligados (Bancos, escribanos, casas de cambio, fiduciarios, etc.) y a sus Oficiales de Cumplimiento.
- ¿Qué cambia?:
- Inscripción 100% Digital: Toda la documentación respaldatoria (estatutos, actas, DNI, constancias de ARCA/ex-AFIP) se sube en PDF a través del sistema SRO+.
- Plazos más estrictos: Si la UIF te observa algo, tenés solo 15 días hábiles para corregirlo o te bloquean la inscripción automáticamente.
- Actualización constante: Si cambiás el mail, el teléfono o el domicilio, tenés que informarlo en un plazo máximo de 5 días hábiles.
- Beneficiarios Finales: Se refuerza la obligación de presentar declaraciones juradas sobre quiénes son los dueños reales de las empresas, con datos muy precisos (DNI, CUIT, porcentaje de control).
Resolución 35/2026: Intercambio de Información entre Organismos
Esta resolución regula cómo "hablan" entre sí los entes que controlan la economía para detectar operaciones sospechosas más rápido.
¿A quién afecta?
- Principalmente a los Organismos de Contralor Específicos:
- BCRA (Banco Central).
- CNV (Comisión Nacional de Valores).
- SSN (Superintendencia de Seguros).
- INAES (Cooperativas y Mutuales).
- Principalmente a los Organismos de Contralor Específicos:
¿Qué cambia?:
- Conexión Directa: Estos organismos ahora pueden intercambiar información entre ellos (y con organismos similares del exterior) de forma directa, sin tener que pasar siempre por un trámite centralizado en la UIF, aunque se considera que la información "emana" de la UIF.
- Seguridad y Secreto: Se obliga al uso de sistemas de gestión electrónica con altos estándares de seguridad. Toda la información intercambiada está protegida por el secreto profesional (quien lo rompa tiene penas de prisión).
- Uso Específico: La información que el BCRA le pase a la CNV, por ejemplo, solo puede usarse para el motivo por el cual se pidió. No se puede compartir con terceros sin permiso expreso.
La relación con la UIF ahora es puramente digital y los plazos para actualizar datos (como el mail o el Oficial de Cumplimiento) son muy cortos (5 días). Además, ya mencionan formalmente a la ARCA en lugar de la AFIP.
Esta organización implica mayor comunicación entre todos los organismos.