Esta abierta la segunda etapa para la devolución a importadores hasta el 19 de noviembre.
A los fines de acceder a la devolución mencionada, los importadores deberán ingresar con Clave Fiscal
obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048, sus modificatorias y complementarias, al servicio denominado “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria – PAIS” disponible en el sitio web institucional (https://www.arca.gob.ar) y completar la Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto País por Importaciones de Bienes (DJIP).
Antecedentes
Los importadores pagaron por anticipado el 95% del impuesto PAIS mucho antes del despacho a plaza, y al ser derogado, y no haber accedido al MULC en la fecha vigente. ARCA devuelve y permite su recupero solo a aquellos que lo gestionan correctamente. Deberán presentar la Declaración Jurada de Devolución (DJIP) entre el 6 de octubre y el 19 de noviembre de 2025.
Desde el 24/07/2023 los importadores debieron pagar el anticipo. Pero si el pago de la importacion no se realizaba, fue parcial o se realizo después del 23 de diciembre de 2024—fecha en la que el impuesto perdió vigencia—, la importación ya no estaba alcanzada por el tributo. En consecuencia, la operación no gravada había generado un pago anticipado en exceso.
Incorporación para esta etapa
Se incorpora información respecto a los procedimientos aplicables a este segundo ciclo; dentro de los cuales se describen los motivos por los que se podrá realizar la solicitud de devolución:
MOTIVO D: Importaciones de mercaderías con registro de ingreso aduanero hasta el 12 de diciembre de 2023, contempladas en el artículo 1° punto 1 de la Resolución General N° 5765/2025.
MOTIVO E: Importaciones de mercaderías con registro de ingreso aduanero, desde el 13 de diciembre de 2023 hasta el 24 de noviembre de 2024, inclusive, respecto de las cuales no se hubiera podido computar el pago a cuenta del Impuesto PAIS por no haber accedido al Mercado Único y Libre de Cambios o por haberlo hecho con posterioridad a la finalización de la vigencia del gravamen.
¿Cómo es el esquema de cuotas y cuándo empieza a cobrarse?
El esquema de cuotas es el mismo que el utilizado en la etapa 1, es decir que la cantidad de cuotas dependerá del monto. La primera cuota se encontrará disponible a partir del 15 de diciembre.
Monto de saldo a favor ($) | Cantidad de cuotas |
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Hasta 4 millones | 1 cuota |
Más de 4 millones hasta 10 millones | 6 cuotas |
Más de 10 millones hasta 100 millones | 12 cuotas |
Más de 100 millones | 24 cuotas |